Títol : |
Sentència del TS. Sala Segona. Núm. 342/2018 de 10/07/2018. Delito de maltrato de obra sin causar lesión. Orden de alejamiento. Debe entenderse comprendido en el apartado primero y segundo del artículo 57 CP. Su condena conlleva la imposición preceptiva de la prohibición de aproximación. : Ponent: Pablo Llarena Conde |
Tipus de document : |
document electrònic |
Data de publicació : |
2018 |
Idioma : |
Castellà (spa) |
Matèries : |
Violència domèstica
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Classificació : |
343.316 Maltractaments de paraula i/o obra. Violència domèstica |
Resum : |
DELITO DE MALTRATO DE OBRA. ORDEN DE ALEJAMIENTO. El delito de maltrato de obra sin causar lesión del artículo 153 CP sí debe entenderse comprendido entre aquellos delitos para los que el apartado segundo del artículo 57 CP prevé la imposición preceptiva de la prohibición de aproximación. El artículo 153 CP es un delito enmarcado en la violencia de género que el legislador ha querido diferenciar claramente de otras figuras delictivas en las que las víctimas de las acciones descritas no son las mujeres unidas al agresor por los vínculos que en él se incluyen. De hecho, precisamente por esta razón, el maltrato de obra en él previsto está castigado con penas más graves que el maltrato de obra ejercido sobre cualquier otro sujeto pasivo. Cualquier interpretación pues que se haga del precepto debe estar inspirada en una mejor y más adecuada protección de las víctimas. Se estima el recurso de casación (extracte extret d'vLex). |
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