Títol : |
Los recursos en el proceso penal : actualizado conforme a la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal |
Tipus de document : |
text imprès |
Autors : |
Carlos David Delgado Sancho, Autor |
Editorial : |
Bilbao : Gomylex |
Data de publicació : |
2016 |
Col·lecció : |
Cuadernos de Práctica Procesal núm. 11 |
Nombre de pàgines : |
191 p. |
Dimensions : |
24 cm |
ISBN/ISSN/DL : |
978-84-15176-66-4 |
Idioma : |
Castellà (spa) |
Matèries : |
Procediment penal Recursos
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Classificació : |
343.15 Judicis. Recursos. Sentència penal |
Resum : |
La Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de enjuiciamiento criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, va a suponer un incremento notable de los recursos en el proceso penal, por lo que se tendrán que habilitar los correspondientes medios materiales y personales, si realmente queremos que nuestra Justicia sea rápida y eficaz. Desde el punto de vista de los recursos, la citada Ley 41/2015 ha supuesto tres grandes novedades: 1º, se generaliza la segunda instancia, de tal forma que las sentencias dictadas en primera instancia por la Audiencia Provincial podrán ser apelables ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia y las dictadas por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por la respectiva Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, las cuales son susceptibles de recurso de casación (LECrim 847.1.a); 2º, se amplía el recurso de casación, ya que contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cabe interponer recurso de casación por infracción de ley (LEcrim 847.1.b), ya que con anterioridad a la reforma, una sentencia dictada por un Juez de lo penal únicamente era susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, pero ahora, con la Ley 41/2015, esa sentencia dictada en apelación, también va a poder ser recurrida en casación; 3º, se habilita el recurso de revisión para cumplimentar las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. |
Permalink : |
http://icat.cataleg-biblioteca.cat/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=8168 |
Los recursos en el proceso penal : actualizado conforme a la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal [text imprès] / Carlos David Delgado Sancho, Autor . - Bilbao : Gomylex, 2016 . - 191 p. ; 24 cm. - ( Cuadernos de Práctica Procesal; 11) . ISBN : 978-84-15176-66-4 Idioma : Castellà ( spa) Matèries : |
Procediment penal Recursos
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Classificació : |
343.15 Judicis. Recursos. Sentència penal |
Resum : |
La Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de enjuiciamiento criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, va a suponer un incremento notable de los recursos en el proceso penal, por lo que se tendrán que habilitar los correspondientes medios materiales y personales, si realmente queremos que nuestra Justicia sea rápida y eficaz. Desde el punto de vista de los recursos, la citada Ley 41/2015 ha supuesto tres grandes novedades: 1º, se generaliza la segunda instancia, de tal forma que las sentencias dictadas en primera instancia por la Audiencia Provincial podrán ser apelables ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia y las dictadas por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por la respectiva Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, las cuales son susceptibles de recurso de casación (LECrim 847.1.a); 2º, se amplía el recurso de casación, ya que contra las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional cabe interponer recurso de casación por infracción de ley (LEcrim 847.1.b), ya que con anterioridad a la reforma, una sentencia dictada por un Juez de lo penal únicamente era susceptible de recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, pero ahora, con la Ley 41/2015, esa sentencia dictada en apelación, también va a poder ser recurrida en casación; 3º, se habilita el recurso de revisión para cumplimentar las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. |
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